El clima laboral se encuentra en estado de agitación por la concurrencia de dos elementos, aparentemente aislados entre sí pero con posibles efectos conexos entre uno y otro.
Se trata de los conflictos de Asonal Judicial y de los corteros de caña. El Gobierno, olvidando quizás la importancia que el tema de la protección al derecho de asociación en Colombia tiene entre la bancada demócrata del Senado americano, fue presto en satanizar directamente las protestas al afirmar que habían sido infiltradas por las Farc, sin que hasta al momento haya presentado pruebas al respecto. Para delinear mis consideraciones y dar paso al caso que considero más interesante, bien se puede decir que el caso de Asonal puede contextualizarse en la compleja situación actual del Ministro de Justicia y en la aprobación, el 14 de julio, de la Ley 1210 de 2008, la cual modificó la legislación sobre el derecho de huelga. Estos dos aspectos implican particulares elementos de negociación sindical en un servicio público.
En lo relacionado con el conflicto azucarero, en días pasados, Claudia López alborotó el avispero mostrando claramente cómo el esquema laboral de los ingenios azucareros, basado en cooperativas de trabajo asociado (CTA), reducía el poder de negociación de los corteros y por ende, su remuneración. A dicha columna le siguió una de Luis Fernando Londoño, presidente de Asocaña, en la cual enfatizaba el impacto social y económico del sector, pero en la que, aparte de confirmar la realidad de la tercerización laboral de las CTA, no aborda la problemática puntual del conflicto laboral, enfatizando simplemente en que las Cooperativas de Trabajo Asociativo cumplen los requisitos de ley.
Detrás de todos estos argumentos existe un aspecto teórico importante, el cual suele ser del interés de muchos miembros del equipo económico del Gobierno al momento de discutir reformas laborales e incrementos del salario mínimo (sólo justifican mínimos incrementos salariales so pena de incrementar los costos laborales y perder competitividad), pero resulta no ser tan importante a la hora de reconocer situaciones en las cuales existen argumentos sólidos para justificar mejores remuneraciones. Así ha ocurrido con el empleo de los corteros, dado que la aparición del etanol como opción de comercialización de la caña ha incrementado en la práctica el valor de su productividad laboral. Sí, aquel que se argumenta debe ser igual al salario. Por otra parte, el caso de los corteros de caña, asociados sindicalmente en Sinalcorteros pero vinculados laboralmente a través de empresas de trabajo asociado, plantea una interesante situación de negociación sindical, toda vez que se trata de un caso visible para la opinión pública en el que se contraponen la tercerización laboral y la negociación de facto con lo que bien se puede considerar un sindicato de rama. Dados estos tres elementos, la importancia del respeto al derecho de asociación, de cara a la aprobación del TLC, la realidad económica del incremento en la productividad laboral del sector azucarero que no se ha visto compensada por aumentos en los salarios, y finalmente la realidad de una negociación que por una parte involucra a cooperativas de trabajo asociativo y a un sindicato, y por otra a los ingenios azucareros, la evolución y el desenlace (ojalá amistoso y saludable para las partes involucradas) de éste conflicto son y serán de suma importancia a largo plazo en la historia de las relaciones laborales en Colombia. Y a corto plazo en las negociaciones del salario mínimo. La idea del rol de un Gobierno que pregona la cohesión social en una negociación laboral tripartita se basa en que hay tres partes negociando, y no dos.
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