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César González Muñoz

Privilegios exorbitantes y baratos

Publicado el 16-09-09

 El grueso de la ciudadanía sabe que en el Capitolio se cocinan con frecuencia sopas de alacrán para el consumo del honorable público. Pero, a fuerza de ser agredida continuamente, la ciudadanía termina por perder interés en las ejecutorias colectivas de sus Congresistas. Así ha ocurrido, entre muchas otras agresiones, con los contratos de estabilidad jurídica.

El 5 de marzo de 2009 el Ministro de Industria, Comercio y Turismo informó, mediante comunicado de prensa, que para entonces se habían firmado 37 contratos de estabilidad jurídica, de los autorizados por el Congreso mediante la Ley 963 de 2005, a los que esta columna hizo referencia la semana pasada. Estaban en proceso cinco adicionales. ¿Cuántos se habrán firmado desde entonces? Vaya usted a saber. El sitio electrónico de la Secretaría Técnica del Comité de Estabilidad Jurídica (la instancia decisoria en la aprobación de los contratos) fue actualizado el 23 de febrero.

Por vueltas que le di, no pude obtener información actual. ¡Vaya transparencia y respeto por la información pública!

¿Qué significa 'estabilidad jurídica' en esta ley? Es la garantía que otorga el Gobierno Nacional, a cada empresa beneficiaria, de que las normas convocadas por ésta en el contrato de estabilidad jurídica se continuarán aplicando durante su vigencia (hasta veinte años), en caso de que tales normas llegaren a modificarse de manera adversa a los intereses de la empresa.

¿Cuáles normas? "Los contratos de estabilidad jurídica versan sobre las leyes, los actos de carácter general de la administración pública nacional, incluidas todas las comisiones de regulación y las corporaciones autónomas regionales y sus interpretaciones vinculantes de las autoridades administrativas competentes que hayan sido determinantes para el inversionista", dice un documento oficial que explica cómo funciona este mecanismo. Es, pues, el beneficiario el que ofrece la lista de normas y actos del Estado, cuya permanencia queda garantizada. Claro, excepto si los cambios normativos fueran a favor de los intereses del contribuyente.

El Gobierno y los defensores de esta ley se atropellan para anunciar que el mecanismo de los contratos de estabilidad jurídica ha de ser fundamental para cautivar inversionistas extranjeros.

Pero si usted mira la lista conocida de los contribuyentes que ahora se amparan bajo este alero, encuentra que la gran mayoría de ellos está en la élite de las empresas más grandes de Colombia. El Gobierno dirá que estas decenas de ciudadanos corporativos, muy ricos, funcionan como impulsadores de inversionistas extranjeros realmente nuevos, por la vía de la demostración; el lenguaje oficial es, obviamente de optimismo y esperanza: ya vendrá en el corto plazo la nueva inversión, en el mediano plazo el mayor empleo y en el más largo plazo un aumento del recaudo tributario producido por la estrategia de la 'seguridad jurídica'; mientras tanto, grandes contribuyentes colombianos se sentarán a ver pasar las inevitables reformas tributarias que vendrán en el futuro próximo, para tomar de ellas sólo lo que los beneficie. Recordemos que los firmantes de los contratos pagan una prima del 1 por ciento de la inversión ofrecida por ellos mismos, pero la garantía de 'estabilidad jurídica' se aplica al total de su actividad económica.

Muy probablemente, el próximo gobierno deberá proponer radicales reformas a la ley de marras dejando, obligatoriamente, una estela de privilegios exorbitantes durante un buen par de décadas. ¿Qué se nos va a decir a quienes reclamamos justicia social en el sistema tributario?

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Ayer se cumplió una década del asesinato de Jesús Antonio Bejarano. Qué falta les hace a sus amigos, al buen humor, al debate público inteligente, al conocimiento de la realidad social. 'Chucho' es otra víctima sin reparación, sin victimario conocido. ¿Cómo va eso, señor Fiscal?

cgonzalm@cgm.com.co

César González Muñoz

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