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Alfonso Gómez Méndez

Siguen 'las chuzadas'

Publicado el 20-02-2008

Noticias Uno reveló este fin de semana otra grabación ilícita de conversaciones, esta vez, entre el Presidente de la República y el ex presidente de la Corte Suprema de Justicia, Magistrado César Julio Valencia. Una vez más está sobre el tapete el tema de las 'chuzadas ilegales', analizado recientemente en esta misma columna.

La Constitución colombiana garantiza el derecho a la privacidad o intimidad de las personas. En todas nuestras Cartas Políticas se ha consagrado que las comunicaciones privadas (telefónicas, cartas y ahora correos electrónicos), no pueden ser interceptadas sino por orden judicial y con el exclusivo objeto de buscar pruebas judiciales. Los códigos penales en toda época han sancionado con pena privativa de la libertad la violación ilícita de comunicaciones privadas. Pero todo es letra muerta. Probablemente, porque nuestra cultura jurídica no considera importante, como en otras latitudes, la protección de bienes, la integridad moral y la privacidad. En Estados Unidos, los presidentes caen cuando patrocinan o toleran intromisiones indebidas en la privacidad de sus opositores. Aquí las denuncias por calumnia o injuria están de antemano condenadas al fracaso. Es famosa la frase atribuida a un político colombiano según la cual "calumniad, calumniad que de la calumnia algo queda".

Las interferencias indebidas en la vida privada al parecer a nadie le importan, a no ser que lo afecte directa o indirectamente. Tampoco hay condenas por la interceptación ilícita de comunicaciones. Aquí sería impensable lo que pasó en Francia, en donde el presidente Sarkozy demandó a la revista Nouvel Observateur por la interceptación de un mensaje de texto suyo alusivo a su matrimonio. El resultado político o jurídico que se pueda obtener prevalece sobre el método mismo para conseguirlo no importando a nadie, la forma como se consiguen las informaciones. El Proceso 8.000 arrancó con una interceptación ilegal. El país se escandalizó, con razón, de lo que allí se decía, pero no con la forma como se hizo la interferencia.

Aún hoy no sabemos si esa grabación la hizo la policía, los narcotraficantes, la DEA, enemigos de Samper o un aficionado, como tampoco quién grabó a los 'paras' en Itaguí y al presidente Uribe cuando, en desobligantes términos, se refirió a un ex colaborador suyo conocido como 'El mechudo'.

La sociedad y sus autoridades deben definir si se cumplirá la Constitución y la ley, y se sanciona a los intrusos independientemente del resultado de la grabación, o si por eso mismo toleramos que no se castigue.

Lo mismo debe decirse sobre las filtraciones. Es claro que cualquier investigación se dificulta, pues en un régimen democrático la reserva de la fuente debe mantenerse en beneficio de la libertad de prensa. Pero es evidente que quien filtra busca un propósito, y el comunicador puede ser usado para determinados fines.

La descripción más precisa del fenómeno la hizo la directora del CTI, Marilú Méndez Rada, en entrevista a la periodista Cecilia Orozco en El Espectador (01/26/08). "Estoy convencida de que cuando se filtran grabaciones por fuera del marco legal, siempre el motivo que mueve a quien las entrega es el de causarle daño a una persona o a una investigación. Una grabación que se filtra no sirve ni siquiera como ilustración en un proceso judicial. Si la pretensión de quien filtra la información es la de aclarar un hecho, la tramitaría dentro de la investigación y conservaría la reserva que exigen los procesos legales".

¿En qué quedamos al fin?¿Chuzamos con autorización o sin ella?

Alfonso Gómez Méndez

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