Empresarios estampillados

18-03-09 -
La proliferación de impuestos a través de estampillas contribuye al creciente caos impositivo que vive el país. El antiguo impuesto de timbre nacional, que en sus inicios se pagaba comprando estampillas, desaparecerá del panorama tributario a partir del año 2010, cuando la tarifa se reduce a cero.

Se cumple así un viejo anhelo de los empresarios, que tanto han criticado este impuesto, no obstante que sus efectos se venían eludiendo a través de 'ofertas mercantiles', estimuladas en alguna forma por la generosa doctrina oficial. Sin embargo, parece que las estampillas siguen firmemente adheridas a los sentimientos de nuestros padres de la patria; no de otra manera se entiende la proliferación de leyes que las crean y autorizan.

Surgen estampillas con cualquier pretexto y las hay de toda pelambre: pro cultura, pro salud, pro educación, pro desarrollo, para honrar a ciudades o personas, pro ancianos y por múltiples razones diferentes. En una compilación elaborada por el Instituto Colombiano de Derecho Tributario -que acaba de celebrar sus XXXIII Jornadas Colombianas en forma ininterrumpida- se identifican 35 leyes destinadas a autorizar la creación de estampillas municipales, distritales y departamentales, que a su vez permiten a las asambleas autorizar a los concejos municipales y distritales la implementación de la estampilla departamental. Es decir, que esta epidemia se extiende a lo largo y ancho del país, prácticamente en todos sus municipios, afectando en consecuencia a muchas personas y empresas.

Además del hecho puramente económico, en la medida que la proliferación de impuestos produce un efecto acumulado, que puede llegar a desbordar la capacidad contributiva de los individuos, está la cantidad y diversidad de formas de imponer y recaudar los tributos en las distintas regiones del país. Ya tienen los contribuyentes suficiente carga administrativa en el cumplimiento de los requisitos formales de los impuestos nacionales y municipales, cada día más dependientes de la labor de los empresarios, lo que en la práctica representa un significativo costo tributario adicional en especie. Por ejemplo, a pesar de que en el cumplimiento de los deberes relacionados con los impuestos de industria y comercio y predial se ha intentado unificar el procedimiento, subsisten grandes diferencias entre las distintas jurisdicciones, lo cual obliga a los empresarios a mantener costosas infraestructuras administrativas para la presentación de las declaraciones, la preparación y suministro de información, la realización de los pagos y la atención de requerimientos y recursos, cuando realizan operaciones en varios municipios.

En conjunto, a los intrincados e indescifrables estatutos tributarios nacional y regionales, sus copiosos reglamentos, doctrina y jurisprudencia y a los complejos procedimientos sobre la nómina y la seguridad social, amén de los informes destinados a otras entidades de control, se agregan las innumerables estampillas tributarias, que igualmente generan controversias y procesos ante las distintas autoridades, para completar un marco cuya complejidad e ineficiencia es comparable sólo con la movilidad en Bogotá. Esta no es por supuesto una ventaja competitiva para atraer la inversión del exterior, por más que se la intente maquillar con generosas exenciones y beneficios; la proliferación de impuestos a través de estampillas es otro de los ingredientes que contribuye al creciente caos impositivo que vive el país. 

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HORACIO AYALA VELA Consultor privado

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