Flexibilidad en la gestión de inversión

02-09-08 -
Los activos de pensiones han venido experimentando un importante crecimiento en los últimos años, hecho que se aprecia al revisar estadísticas alrededor del mundo. En los últimos 10 años, los fondos vienen creciendo a un ritmo promedio anual superior al 25% y a la fecha representa más de 20 trillones de dólares. En países como Islandia, Holanda y Suiza, los fondos de pensiones más que duplican el PIB. Su crecimiento ha sido impulsado por la presencia de esquemas privados tanto del tipo voluntario como obligatorio. El crecimiento particular de los fondos de pensiones depende en gran medida de factores de tipo estructural de cada una de las economías, destacando entre ellos, por ejemplo, la institucionalidad de las políticas económicas así como la madurez de los mercados de capitales.

Existen en general dos aproximaciones regulatorias a las inversiones de los fondos de pensiones: restricciones Cuantitativas a los Activos (RCA) y las Reglas de Persona Prudente (RPP). Las RCA están dirigidas a establecer límites y restricciones específicos a las decisiones de inversión de los gestores de los fondos de pensiones, mientras que la regulación del tipo RPP deja en manos de los gestores expertos y con experiencia el manejo financiero, sin que medie en teoría restricción cuantitativa alguna. En la práctica, ningún país toma una posición extrema con los enfoques RCA y RPP, pero sí se observan sesgos determinados de las regulaciones hacia alguno de los dos enfoques.

La Oecd ha hecho una revisión de las regulaciones de las inversiones de los fondos de pensiones. A partir de ello, revisando los enfoques con restricciones cuantitativas, se encuentra que para el caso de los países de la Oecd las restricciones son muy específicas y con porcentajes no muy elevados (usualmente no mayor al 10% o 20%), centradas en porcentajes límites de inversión en la propia empresa. Otros tantos establecen algún tipo de límites sobre pocos aspectos específicos, usualmente con topes máximos que en promedio no superan el 15% y descartándose el uso de límites mínimos. En cambio, en los países no Oecd, se observa que la tendencia es a marcar límites cuantitativos de manera más extensiva, en porcentajes mayores para los topes máximos y con varios casos de requerimientos mínimos de inversión. Últimamente, se ha venido observando mayores flexibilidades a las decisiones de inversión en la regulación chilena seguidos por otros países como Perú y Colombia.

El problema de las regulaciones, muy sesgadas a colocar restricciones cuantitativas de forma extensiva y con tasas elevadas, es que le quita flexibilidad a la gestión experta de las compañías de pensiones, evitando un manejo más eficiente y oportuno en términos de rentabilidad-riesgo. Esto último es lo que en teoría puede brindar regulaciones inclinadas al tipo RPP, bastante extendidas en el Reino Unido y los E.U. Este enfoque, si es que va de la mano de la introducción de esquemas de supervisión basada en riesgo para balancear la mayor responsabilidad trasladada a los gestores de inversión de los fondos de pensiones, puede significar un paso adelante para muchos países cuya regulación sigue descansando en límites específicos. No obstante, dotar de mayor flexibilidad a la gestión de inversiones debe ser una tarea gradual, que debe ir acompasada de un monitoreo del grado de madurez de los mercados financieros, solidez comprobada de los mecanismos de control, experiencia y tradición regulatoria, mecanismos de protección a las inversiones, educación financiera de los afiliados a los fondos de pensiones que les permita una mejor elección, así como esquemas adecuados que fomenten una mayor transparencia de la información y difusión de las acciones (disclosure).
David Tuesta Economista Servicio de Estudios Bbva

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