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Quien omita reportes de transacciones en efectivo incurrirá en prisión de 38 a 128 meses

El Gobierno Nacional, mediante el Decreto 4449, estableció un nuevo tipo penal: la omisión de reporte sobre transacciones en efectivo, movilización o almacenamiento de dinero en efectivo.

Dicho decreto indica que quien esté obligado a reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) y no lo haga incurrirá en pena de prisión de 38 a 128 meses y multa de 133,33 a 15 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

Así lo establece el Decreto 4449 del Ministerio del Interior y de Justicia, expedido este martes 25 de noviembre, para conjurar la emergencia social anunciada el 17 del presente mes. 

La medida, firmada por el Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, y los 13 ministros del gabinete, también establece un nuevo tipo penal: la omisión de reporte sobre transacciones y movilización de dinero en efectivo. 

En este caso la medida también impone una pena de prisión de 38 a 128 meses y multa de 133,33 a 15 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.  

Con información de Presidencia de la República

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