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Superindustria sancionó a 10 ingenios azucareros del Valle por actuar de forma 'anticompetitiva'

La decisión se tomó debido a que fijaron de manera acordada los precios de la caña producida en la zona del valle del rio Cauca, que se utiliza para la producción de azúcar y alcohol carburante.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a las empresas con multas superiores a los 10.000 millones de pesos. Para representantes legales las sanciones superan los 700 millones de pesos.

Tras una investigación iniciada en el año 2004, la entidad determinó que los ingenios concertaron metodologías para imponer precios máximos o techos de remuneración de la caña destinada a la producción de azúcar durante los años 2005 a 2007. 

De esta conducta, prohibida por las normas sobre libre competencia, se encontró responsable a las empresas: Ingenio del Cauca S.A., Ingenio Providencia S.A., Ingenio Manuelita S.A., Ingenio Mayagüez S.A., Ingenio Riopaila S.A. Ingenio Central Castilla S.A., Ingenio Pichichí S.A., Ingenio La Cabaña S.A., Ingenio Carmelita S.A. e Ingenio Risaralda S.A.

A su vez,  la SIC encontró que los cinco ingenios alcoholeros investigados (Ingenio del Cauca S.A., Ingenio Providencia S.A., Ingenio Manuelita S.A., Ingenio Mayagüez S.A., e Ingenio Risaralda S.A.) concertaron, ofrecieron y aplicaron las mismas fórmulas para  la remuneración de la caña destinada a alcohol a sus proveedores. 

La sanción se extendió a los representantes legales de estos últimos ingenios: Juan José Lülle Suárez, Gonzalo Ortiz Aristizábal, Adolfo León Vélez, Mauricio Iragorri Rizo y Cesar Augusto Arango Isaza, respectivamente, por haberse involucrado directa o indirectamente en el acuerdo de precios sancionado.

Mediante la Resolución 6839 del 9 de febrero de 2010, la Superintendencia determinó que la conducta referida constituye un acuerdo colusorio que afecta las condiciones de competencia del mercado desconociendo el régimen constitucional y legal de libre competencia.

Dentro del análisis del expediente la SIC tuvo oportunidad de valorar, entre otros, la intervención del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, así como de otros funcionarios de dicha cartera, quienes descartaron tajantemente haber patrocinado, a través del ejercicio de sus funciones, la celebración de acuerdos anticompetitivos.   

A partir del análisis de estos elementos junto con el resto de pruebas del expediente, la autoridad de competencia estableció que los diferentes mecanismos de remuneración de la caña son el resultado de un acuerdo entre ingenios y no de la aplicación de usos generalizados o internacionales, la costumbre o prácticas de estandarización excluidas del régimen de libre competencia, como se alegó dentro del trámite.

Finalmente, la SIC descartó la responsabilidad de los investigados por el cargo de acuerdo para la repartición o limitación de fuentes de abastecimiento, del que fueron acusados en la resolución de apertura de investigación. 

Tampoco encontró acreditada la responsabilidad de Ingenio San Carlos S.A., Ingenio Maria Luisa S.A e Ingenio Tumaco S.A., ni de sus representantes legales  en las conductas investigadas.

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