Uno de los primeros resultados impactantes es el hecho de que se logra desarrollar un promedio de 2,5 audiencias diarias y se llega a una solución definitiva del caso en un máximo de cinco audiencias. Esto en tiempos procesales, es una disminución radical que resulta en beneficio de las partes y de la justicia en sí misma.
Los jueces de esta prueba reportan una mejor disposición a la conciliación que evita que estos procesos ingresen al sistema y lo congestionen. Y además pone de manifiesto la necesidad de sustentar de manera correcta las denuncias, que es un punto en el que los jueces del sistema escrito están siendo muy laxos.
La oralidad tiene impacto procesal sobre la forma como se adelantan los trámites de impulso del proceso y sobre los aspectos sustantivos del mismo. Al respecto, uno de los elementos de mayor relevancia es el hecho de que los jueces asumen de manera directa el control del proceso y pueden, en consecuencia, tomar decisiones de impulso más acertadas y expeditas.
En el sistema actual, se sigue un ritual procedimental que requiere de las partes documentos y acciones que pueden no ser relevantes a la decisión. En estos casos, los auxiliares judiciales surten el impulso del proceso y se le presenta al juez para la toma de decisión. No hay un estudio que establezca la pertinencia de la información que se allega a cada expediente, pero puede inferirse por los resultados de la prueba piloto que la gran mayoría de ellos son innecesarios.
La dirección del proceso por parte del juez tiene además la virtud de poner orden y eficacia a las actuaciones de las partes. En efecto, el juez puede detectar e impedir de manera inmediata prácticas dilatorias que en ocasiones son usadas por las partes para generar demoras en el proceso.
Al tener un contacto directo con las partes y con el proceso, el juez también puede advertir y oficiar en consecuencia sobre las deficiencias de las instituciones públicas en enviar la información necesaria para la toma de decisiones.
En el fondo, y como aporte sustancial la oralidad, permite que la justicia laboral cumpla su función pedagógica y le confiere al juez su papel social de componedor de desavenencias. Desde el punto de vista de percepción de los ciudadanos sobre la justicia, un contacto cercano, puede en principio, ofrecer una sensación de mayores garantías y crear espacios para el diálogo entre las partes que es importante para aplicar las decisiones y, sobre todo, para evitar la reincidencia.
Una de las causas para la congestión en temas laborales se relaciona con el desconocimiento de las leyes.