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La tasa máxima de interés que se podrá cobrar por los créditos de consumo y comerciales entre el primero de julio y el 30 de septiembre será de 32,27 por ciento efectivo anual.
Esa tasa es levemente inferior a la que rige hasta el próximo lunes 30 de junio y que se ubica en 32,88 por ciento.
Quien cobre intereses por encima del nivel mencionado incurrirá en el delito de usura consagrado en el Código Penal. La Superintendencia Financiera informó que el interés bancario corriente para el tercer trimestre será de 21,51 por ciento efectivo anual.
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